El descarte de equipos de telecomunicaciones corporativas debe seguir la legislación vigente para garantizar la protección ambiental y la seguridad de la información. En Brasil, las directrices principales cuentan con respaldo en la Ley nº 12.305/2010, que instituyó la Política Nacional de Residuos Sólidos (PNRS), reglamentada por el Decreto nº 7.404/2010, y complementada por normativas estatales, como las de la CETESB (Compañía Ambiental del Estado de São Paulo).
Los equipos de este segmento, que incluyen aparatos de transmisión, módems, enrutadores y similares, son considerados residuos electrónicos sujetos a un tratamiento adecuado, conforme a las orientaciones de la PNRS. Es obligatorio el manejo conforme al Anexo III del Sistema Nacional de Información sobre la Gestión de Residuos Sólidos (SINIR), disponible en sinir.gov.br. Las empresas responsables de la gestión de residuos deben garantizar la disposición ambientalmente adecuada, como reutilización, reciclaje o disposición final controlada.
Para la mitigación de riesgos ambientales y de fugas de datos, los equipos deben pasar por procesos técnicos específicos. Se destaca la importancia de la sanitización segura de discos duros y medios de almacenamiento, siguiendo protocolos reconocidos y utilizando servicios especializados, que pueden ser agendados vía sanitización de HD.
Además, la correcta recolección de equipos obsoletos debe ser organizada mediante citas en plataformas conformes, asegurando el transporte adecuado y el tratamiento ambientalmente correcto de los residuos, conforme a las orientaciones de la PNRS. Un ejemplo de servicio para recolección segura puede encontrarse en recolección de basura electrónica.
El descarte inadecuado de los equipos de telecomunicaciones puede ocasionar contaminación por metales pesados y sustancias tóxicas presentes en los componentes electrónicos, comprometiendo suelos, aguas y la salud pública. La disposición correcta disminuye estos riesgos y posibilita la recuperación de materiales valiosos, apoyando la economía circular.
De acuerdo con la PNRS, los responsables por el descarte de estos residuos tienen el deber legal de asegurar la cadena de custodia y la transparencia de los procesos. El Artículo 33 de la Ley nº 12.305/2010 establece la responsabilidad compartida entre generadores, transportadores y responsables por el tratamiento y disposición final. La fiscalización corresponde a órganos ambientales estatales, como la CETESB, cuyos parámetros pueden consultarse en cetesb.sp.gov.br.
Para la gestión adecuada del descarte de equipos de telecomunicaciones corporativas en São Paulo, es esencial adoptar prácticas que garanticen la conformidad legal, la integridad de los datos y la mitigación de los impactos ambientales. Utilizar recursos especializados para recolección y sanitización, siguiendo las normativas de la PNRS y los estándares de la CETESB, asegura seguridad y sustentabilidad en el ciclo de vida de los equipos.
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