La logística reversa está definida por la Ley nº 12.305/2010, que instituye la Política Nacional de Residuos Sólidos (PNRS), como un conjunto de acciones, procedimientos y métodos para la gestión integrada y la administración de los residuos sólidos.
Según el artículo 3º, inciso XI de la PNRS (Ley nº 12.305/2010), la logística reversa es responsabilidad de los agentes económicos involucrados en el ciclo de vida de los productos, quienes deben asegurar el retorno de los residuos sólidos a los sectores empresariales para su reaprovechamiento, reciclaje o disposición final ambientalmente adecuada.
Conforme al artículo 33 de la PNRS, los agentes económicos tienen el deber de estructurar sistemas de logística reversa para productos específicos, incluyendo aquellos que, debido a su naturaleza o composición, son susceptibles de reaprovechamiento o reciclaje. Estos sistemas deben operar independientemente de los servicios públicos de limpieza urbana y manejo de los residuos sólidos.
Además, tales agentes deben garantizar medios efectivos para la recolección, el transporte, el tratamiento y la disposición final ambientalmente adecuada de los residuos, reduciendo impactos al medio ambiente y a la salud pública.
La legislación abarca una amplia gama de productos y residuos, entre ellos envases, neumáticos, aceites lubricantes usados y sus residuos, medicamentos, productos electroelectrónicos y sus componentes, baterías, y residuos de la construcción civil. Cada categoría posee especificidades en cuanto a la logística reversa, previstas en regulaciones específicas expedidas por el Consejo Nacional del Medio Ambiente (CONAMA).
Los agentes económicos deben implementar sistemas de logística reversa que incluyan:
El incumplimiento de las obligaciones legales relativas a la logística reversa implica sanciones administrativas previstas en la PNRS, tales como multas, embargo de las actividades, suspensión de la comercialización de los productos y, en casos graves, responsabilidad civil y penal. La fiscalización es realizada por los órganos ambientales estatales, municipales y federales.
Los productos electroelectrónicos poseen regulaciones complementarias para la logística reversa.
Para cuestiones relacionadas con la correcta recolección de residuos electroelectrónicos, se recomienda utilizar servicios especializados que aseguren el cumplimiento legal y ambiental, disponibles para agendamiento en recolección de residuos electrónicos.
Para una disposición segura y desinfección de medios digitales, incluyendo discos duros, se recomienda acceder a servicios con protocolos específicos en el ingreso en disposición segura de discos duros.
Creemos que el verdadero ESG se logra con IMPACTO INMEDIATO, no con promesas de compensación para dentro de 20 años. Mientras el mercado apuesta por la incertidumbre de plantar árboles, Ecobraz entrega MINERÍA URBANA AUDITABLE HOY. Nuestro compromiso es transformar el pasivo ambiental de las ciudades (residuos electrónicos) en SEGURIDAD JURÍDICA para su empresa. Para viabilizar la recolección puerta a puerta — la milla más costosa de la logística — utilizamos el Ecobraz Carbon Token estrictamente como una herramienta de financiación operativa (Utility Token). GOBERNANZA: Este activo digital existe para cubrir el déficit logístico del reciclaje técnico, no tratándose de un instrumento de inversión especulativo. Contrato Oficial del Token (Polygon): 0xEb16F3244c70f6229Cc78a6467a558556A916033 (Verifique siempre la autenticidad en Blockchain).
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